
A CUATRO AÑOS DE LA LEY CONSULTORIO SEGURO: RETOS Y DESAFÍOS EN LA PROTECCIÓN DEL PERSONAL DE SALUD
A fines de 2023, se van a cumplir cuatro años de la entrada en vigencia de la Ley N° 21.188,...
08/08/2023
Volumen 75 N°2/ Agosto 2023
Lunes 7 de agosto de 2023
Por Andrés Palacios, periodista de Falmed / Diseño: Carolina Mardones.
El escenario actual de alta complejidad sanitaria y elevada carga asistencial puede redundar en que a médicos y médicas, del servicio público, se les impartan órdenes que por su contenido sean cuestionables en cuanto a la idoneidad o capacidad del funcionario o funcionaria para ser cumplida.
Función pública
Los funcionarios públicos, en general, están sujetos a una serie de obligaciones contenidas en el Estatuto Administrativo (ya sea municipal o general), entre las cuales encontramos, la de obedecer las órdenes impartidas por el superior jerárquico. Este deber es uno de los principios tradicionales de la función pública.
¿Qué es?
La representación es un derecho y un deber que tienen los funcionarios públicos para hacer valer ante las autoridades la ilegalidad de una orden dada por la autoridad.
Representación
El artículo 62 del Estatuto Administrativo establece que cuando un funcionario estimare una orden como ilegal, tiene el deber de representarla} por escrito, existiendo en tal caso el derecho para el superior jerárquico de insistir, también por escrito, en la orden dada. En tal caso, el funcionario que representó la orden tiene el deber de cumplirla, quedando exento de todo tipo de responsabilidad, la que recae por entero en el superior jerárquico que hubiere insistido en la orden.
¿Cómo realizarla?
Para hacer un acto de representación se deben objetivar las falencias utilizando cifras oficiales y dando cuenta específica de lo que se tiene, versus lo que se debe tener.
Asesoría Falmed
Para realizar este tipo de procedimientos, se sugiere contactar a los abogados de Falmed, quienes lo asesorarán para realizar estas representaciones. Asimismo, existe un modelo de representación que puede descargar en www.falmed.cl
Contacto Falmed
Ante cualquier inquietud, utilizar las siguientes vías:
Teléfono: 600 600 0525
Formulario en www.falmed.cl
Correo electrónico: das@falmed.cl
A fines de 2023, se van a cumplir cuatro años de la entrada en vigencia de la Ley N° 21.188,...
08/08/2023
08/08/2023
Los facultativos podrían verse expuestos a una posible repetición de cargos, siempre y cuando...
07/08/2023
07/08/2023