Falmed Responde
Consultas recibidas por médicos y médicas a través de nuestro sitio web www.falmed.cl.
26/12/2024
Consultas recibidas por médicos y médicas a través de nuestro sitio web www.falmed.cl.
Jueves 26 de diciembre de 2024
Me encuentro en un proceso por maltrato y acoso. El victimario quiere tomar acciones legales y también es un médico colegiado, ¿qué puedo hacer?
R: Ante actos de acoso y maltrato laboral, es fundamental que las víctimas denuncien, para hacer presente lo ocurrido y buscar la protección eficaz de los derechos que la normativa regula para todas y todos los funcionarios. Cuando hay conflicto con otro médico colegiado, aconsejamos que el denunciante concurra ante su respectivo Tribunal de Ética para que éste conozca las infracciones a la ética profesional, y aplique las sanciones fijadas en el Código de Ética del Colegio Médico de Chile. Asimismo, frente a hechos de acoso, maltrato y sus repercusiones legales o administrativas, puede recurrir a FALMED para recibir asesoría en base a la legislación vigente, y revisión de protocolos internos de cada Hospital, abordando cada caso en su particularidad.
Requiero ayuda respecto del no pago de asignaciones que mis colegas, en iguales condiciones, sí están recibiendo.
R: Conforme a la normativa que regula estos estímulos, que sería la Ley 19.664 como el decreto 847, así como también a diversas sentencias de Tribunales Superiores, como dictámenes de Contraloría, se hace un llamado a la obligación que tienen los directores de Salud, a que, en un principio de igualdad, todos los médicos en iguales condiciones, reciban los mismos tipos de estímulo.
En consecuencia, en caso de haber diferencias, corresponde hacer un reclamo a la Contraloría General de la República o presentar un recurso de protección en los tribunales superiores.
Estoy implementando atención medica en modalidad telemática y me gustaría recibir información acerca de las leyes y normativas que debo tener en cuenta.
R: Dado que el marco normativo es extenso y se encuentra segmentado en diversas leyes, una recomendación accesible y rápida sería consultar, siempre, la Ley 20.584 sobre Derechos y Deberes de los Pacientes.
Para obtener información sobre estándares, principios y protocolos, se sugiere revisar la Memoria del Departamento de Salud Digital 2018-2022. Por último, para una visión general, es recomendable acudir a nuestro artículo sobre Telemedicina, el cual se encuentra en el libro de Derecho Médico, Tomo II.
Fui agredida y amenazada verbalmente por una paciente en un servicio de urgencias, quien además me grabó con su celular, a pesar que las normas del recinto lo prohíben, ¿qué acciones puedo tomar?
R: Respecto de la agresión y amenaza, de conformidad con lo dispuesto en las leyes 21.118 y 20.584, la víctima podrá solicitar a la autoridad del establecimiento, que le proporcione los mecanismos de defensa jurídica adecuada para el ejercicio de las acciones civiles y penales que corresponda, incluso se puede requerir implementar medidas de carácter administrativo en resguardo de los funcionarios; misma conducta podrán requerir los médicos afiliados a FALMED, a fin que los representen e interpongan las acciones legales y/o administrativas -inclusive- que correspondan en resguardo de su integridad física y/o psicológica.
En relación a la grabación, se sugiere, a la luz de lo dispuesto en el artículo 161 del Código Penal, y tratándose de un hecho no consentido por la afectada; denunciar el hecho ante las autoridades pertinentes, a fin de que se inicie la investigación de rigor por parte del Ministerio Público y se condene al culpable; igualmente se puede requerir la eliminación de la grabación, impedir su divulgación o uso indebido; todo lo anterior sin perjuicio de las acciones civiles que pudieran corresponder.
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