Nueva Ley N°21.634 moderniza el Sistema de Compras Públicas
Por Diego Vega, Abogado FALMED.
23/09/2024
Martes 4 de abril de 2023
Por Andrés Palacios Piñones, periodista Falmed
Existen varias diferencias entre la consulta médica tradicional presencial y la telemedicina, dependiendo del tipo de consulta por especialidad y del modo en que se llevará a cabo. No obstante, y según explica el abogado Diego Oportus, jefe de la Unidad de Defensa de la Medicina Privada de Falmed y Colmed, (UDMP) “el análisis propio de la atención de salud telemédica, se realiza en base a dos factores adicionales que no se encuentran en las atenciones de salud presenciales: el factor distancia y el uso de las Tecnologías de la Información.
Dichos elementos acentúan en un nivel práctico las obligaciones de los profesionales de la salud, pues ya no sólo se exigirá cumplir con la lex artis en base a los conocimientos científicos de un determinado diagnóstico o tratamiento, sino que, además, se deberán garantizar los derechos de los pacientes mediante mecanismos organizacionales que aseguren el derecho a información en la identificación y autenticación del equipo de salud, las condiciones de la atención de salud telemédica, cumplir el estándar de seguridad de la información, resguardar el deber de confidencialidad y el deber de obtener un Consentimiento Informado”.
CONSTATACIÓN IN SITU
La gran ventaja de la consulta médica presencial es, a la vez, la desventaja de la telemedicina, y tiene relación con la posibilidad de realizar exámenes físicos, directa y personalmente, por parte del profesional de la salud, pudiendo constatar in situ los signos y síntomas narrados por el paciente.
Por su parte, las atenciones telemáticas permiten brindar atención médica en aquellos lugares donde no existe la posibilidad de llegar presencialmente, ya sea por lejanía o por falta de profesionales especialistas. La comodidad y celeridad para acceder a una atención médica, sin necesidad de trasladarse a un centro médico asistencial, evitando así la saturación de servicios y riesgo de contagios, son también ventajas de las atenciones a distancia.
ESTÁNDAR DE MEDICIÓN
Existen distintas organizaciones encargadas de que no se detenga la implementación y desarrollo de la telemedicina en nuestro país. Según indica la abogada de la Fundación, Macarena Olivares, durante el año pasado FALMED “colaboró con el bien público estratégico para la Competitividad Corfo Innova llamado ‘Lineamientos para el desarrollo de la Telemedicina y Telesalud en Chile’. La participación contó con varias sesiones para abordar distintos aspectos médico legales de la implementación de la Telemedicina.
Este material, estimo, será crucial para conocer los objetivos actuales, el enfoque, las características de los servicios de telesalud, el marco regulatorio, la Lex Artis Telemédica y en general las buenas prácticas. De hecho, podría ser un insumo lo más cercano a un estándar de medición de la calidad de las atenciones de salud telemédicas, tanto en el mundo privado como en el público”.
Sobre los tópicos faltantes para abordar el correcto desarrollo de la telemedicina en Chile, el abogado Oportus agrega que “a nuestro parecer, lo que realmente faltaría para optimizar la regulación sobre la materia, es la unificación normativa, que incluya lineamientos con enfoque en cada uno de los segmentos, con sus propias particularidades, que abarque las atenciones y sistemas público y privado, y una clara distinción de la distribución de responsabilidad médico legal de los sujetos dentro de la cadena de la prestación de salud. Esto último, debido a que aún existe una carga de responsabilidad de acción y de infraestructura difusa, que puede incidir dramáticamente en un cuestionamiento de responsabilidad sanitaria”.
Por Diego Vega, Abogado FALMED.
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