Nueva Ley N°21.634 moderniza el Sistema de Compras Públicas
Por Diego Vega, Abogado FALMED.
23/09/2024
Volumen 73 Nº1 / Abril 2021
Cómo se juzgan los actos médicos según la actual legislación; cómo avanzar hacia la recuperación de la tuición ética y cómo afectará a los médicos y médicas el debate para la nueva Constitución, fueron las materias abordadas en el cierre del ciclo de videoconferencias de Falmed.
Para el Colegio Médico de Chile, acelerar la tramitación del proyecto de ley que regula la labor de los colegios profesionales es un objetivo importante
Por este motivo, Falmed cerró su ciclo de videoconferencias con el tema “Juzgamiento de los actos médicos y tuición ética: Debate para la nueva Constitución”, encuentro cuyos expositores fueron la Dra. Izkia Siches, Presidenta del Colegio Médico de Chile, y el Juez Luis Avilés, Magistrado del Octavo Juzgado de Garantía de Santiago.
La Dra. y el Juez coincidieron en manifestar que la actual legislación sobre la tuición ética carece de desarrollo, pues quedó trunca después de la reforma constitucional de 2005, y dejó a los colegios profesionales sin las herramientas necesarias para su pleno ejercicio. En cambio, la justicia, por su definición estructural, se restringe a la mirada particular de los hechos a partir de reglas preestablecidas, de acuerdo a las cuales juzga si existe no una conducta delictiva, por ejemplo, de negligencia.
La Dra. Siches señaló que la actual condición constriñe al Colegio a: “… un aparataje legal que nos mantiene limitados, donde la mayor sanción que el tribunal de ética puede dar es la expulsión de un colega, lo que en la actualidad es inocuo, sobre todo (porque no incluye) a quienes no están colegiados”.
Para la Presidenta del Colmed, estas deficiencias afectan a la sociedad en su conjunto, porque la dejan sin reglas claras para la protección de la buena práctica médica, ni la capacidad de sanción de los actos incorrectos en el ámbito de la ética.
El Magistrado Avilés destacó dos aspectos. El primero, dice relación con que, para juzgar la responsabilidad médica, lo correcto implica “escuchar a varios médicos sobre la práctica médica y lo que la Lex Artis indica sobre aquellas materias sobre las cuales se solicita revisar”. El segundo, reflexionó si las características propias de la ética permiten que sea una materia juzgable por los tribunales. “La ética opera en un espacio constituido socialmente, discutible e interpretable, distinto de los hechos constitutivos de delito. Es, por tanto, cuestionable si dicho juzgamiento debiese o no estar en niveles y estructuras más apropiadas para evitar transformar un juicio penal como único reproche al interior de una comunidad”.
Para el Colegio Médico la reconquista de la tuición ética es un objetivo relevante, por cuanto determina la posibilidad de dar seguridad a la población respecto de un control de las conductas de médicas y médicos, como nadie más puede alcanzarlo por el dominio de lo que conlleva el acto médico, y porque debemos ser garantes de un ejercicio profesional ajustado al más correcto proceder.
“Necesitamos vivir un proceso de modernización. No hemos perdido la esperanza que en este proceso de nueva constitución logremos incidir en el debate público, para volver a ser entidades de derecho público, volver a ser colegios profesionales y sin duda tener la tuición ética de todos los profesionales que ejerzan en el país”.
En este aspecto, el magistrado Luis Avilés, señala que “es relevante que cada práctica se comprenda en una acción con consecuencias”, plantea separar la colegiatura obligatoria de la tuición ética, y evitar la colisión de ésta con la libertad de trabajo.
Además, destaca la necesidad de configurar un conjunto de reglas que sean estandares y de valor profesional, válidas a todos por igual y que sean tratadas en tribunales que den: “seguridad de neutralidad, imparcialidad, independencia y transparencia, como garantías ciudadanas”.
El último aspecto tratado por ambos y en el que manifiestan claras coincidencias es el valor de oportunidad que representa el actual debate constitucional, porque a diferencia del contexto en el que se estructuran las leyes, permite, si se logra un escenario de deliberación propositiva, abrir una “ventana de posibilidad”, para repensar aspectos fundamentales de la convivencia nacional.
Por Diego Vega, Abogado FALMED.
23/09/2024
La Ley 20.585 entrega a la COMPIN facultades de fiscalización para la correcta emisión de...
23/09/2024
Por Francesca Coghlan, abogada UDEGEN FALMED / Diseño por Carolina Mardones.
23/09/2024
El Tesorero del Directorio de FALMED, Dr. Mauricio Osorio, aborda la hiperregulación del acto...
10/09/2024