Webinar COLMED y FALMED: Derechos y Deberes de la Liberación de Guardia
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10/12/2024
El abogado Nicolás Sanhueza abordó los cuerpos normativos que regulan la certificación de la muerte y exclusiones. Los funcionarios valoraron la actividad.
Lunes 18 de marzo de 2019
18/03/2019
Conocer los reglamentos y normativas que regulan la extensión de la certificación de la muerte y excepciones que considera la ley, fueron parte de los contenidos que presentó el abogado de FALMED, Nicolás Sanhueza, al personal médico y de salud del Centro de Salud Familiar, de Vitacura.
La actividad, realizada este 6 de marzo y que contó con la participación de médicos del recinto asistencial, comenzó con una revisión del Decreto N°460 (reglamento sobre extensión del certificado médico de defunción) que establece excepciones cuando el facultativo presuma fundadamente de un fallecimiento por causas que no son naturales.
El abogado Nicolás Sanhueza también realizó una revisión del estatuto administrativo ley 18.834, principalmente en que señala el artículo n°61 sobre las obligaciones de cada funcionario.
La Dra. Cristina Reichard destacó los contenidos expuestos por FALMED y dijo que “tenemos la información legal y en la práctica tenemos que ver cómo lo hacemos, ver qué ruido hará en el servicio de salud cuando le digamos a los pacientes que no podemos certificar la causa de muerte (…) en general los sistemas adquieren algunas prácticas para solucionar problemas que no necesariamente van en la línea de lo que la ley dice”.
Otro de los contenidos abordados fue Telemedicina.
Para el abogado Nicolás Sanhueza, más allá del impacto positivo de la tecnología y la apuesta del gobierno por el denominado “Hospital Digital”, siempre los médicos deben considerar que la telemedicina es una instancia que facilita el acceso del paciente a un especialista. “Es muy importante considerar que esta herramienta, constituye un apoyo y orientación del especialista al médico, en ningún caso sustituye el criterio del médico tratante, quien podrá aplicar las sugerencias del especialista o bien derivarlo para su evaluación en persona”, remató el jurista.
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