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¿Puede el empleador contratar a honorarios a uno de sus trabajadores sujeto a contrato laboral?

Sí. No existe inconveniente legal alguno para que un trabajador perciba honorarios por los servicios prestados en su calidad de profesional, en especial si ellos serán ejecutadas en su propio domicilio, en funciones que son distintas a aquellas estipuladas en el contrato de trabajo celebrado entre las mismas partes, siempre y cuando la labor realizada en calidad de honorarios no sea desarrollada bajo condiciones de subordinación y dependencia.

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