Webinar COLMED y FALMED: Derechos y Deberes de la Liberación de Guardia
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10/12/2024
La exposición online, realizada por el abogado Nicolás Hauri, convocó a más de 20 facultativos de la Unidad de Hospitalización Intensiva de Psiquiatría de Niños, Niñas y Adolescentes, del recinto asistencial penquista, quienes conocieron la normativa sobre el Reconocimiento y Protección de los Derechos de las Personas en la Atención de Salud Mental.
Respondiendo al requerimiento de los médicos de la Unidad de Hospitalización Intensiva de Psiquiatría de Niños, Niñas y Adolescentes, del Hospital Regional de Concepción, el abogado jefe del Zonal Sur de Falmed, Nicolás Hauri, hizo una presentación online de los alcances y particularidades de la "Ley 21.331 sobre el Reconocimiento y Protección de los Derechos de las Personas en la Atención de Salud Mental".
La actividad, que contó con la participación de la Dra. Marcela Concha, jefa de la unidad del servicio, convocó a más de 20 facultativos.
Durante la ponencia, el abogado Jefe del Zonal Sur ahondó en los objetivos de la ley de protección de la salud mental, las diferencias entre la hospitalización psiquiátrica excepcional y transitoria, e hizo una revisión de las hospitalizaciones voluntarias e involuntarias y sus requisitos.
Sobre este último punto, el abogado Hauri mencionó que “una hospitalización involuntaria requiere una prescripción que recomiende la hospitalización, suscrita por dos profesionales de distintas disciplinas, que cuenten con las competencias específicas requeridas, uno de los cuales siempre deberá ser un médico cirujano, de preferencia psiquiatra. Los profesionales no podrán tener con la persona una relación de parentesco, ni interés de ningún tipo”.
El abogado continuó la exposición ahondando en los alcances de la revisión judicial de la hospitalización involuntaria.
“Pasadas las 72 horas de hospitalización involuntaria, si mantienen las condiciones que la hicieron procedente y se estima necesario prolongarla, la autoridad sanitaria solicitará su revisión al Tribunal de Familia competente del lugar donde se encuentre el establecimiento de salud respectivo, entregando al tribunal todos los antecedentes que le permitan analizar el caso, debiendo incluir un informe del equipo médico tratante que justifique la prolongación de la hospitalización involuntaria”, destacó el abogado jefe del Zonal Sur de Falmed.
Finalmente, el jurista recalcó que el alta hospitalaria involuntaria o permiso de salida “es una facultad del equipo de salud”.
Al término de la ponencia, la Dra. Marcela Concha agradeció la clarificadora presentación del abogado Nicolás Hauri, y mencionó que la información proporcionada será de gran utilidad para los profesionales médicos y psicólogos que son parte del servicio.
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