FALMED aborda la fiscalización de licencias médicas en el Hospital San Juan de Dios
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06/11/2025
A través de una videoconferencia, el abogado Nicolás Hauri revisó el marco normativo asociado a la certificación del fallecimiento, y respondió las inquietudes de los facultativos que se desempeñan en la atención primaria de salud.
Revisar los aspectos normativos asociados a la correcta certificación de la defunción fue el objetivo de la charla online realizada por el abogado de Falmed Concepción, Nicolás Hauri, con un grupo de médicos del Cesfam Huapencillo.
La actividad informativa, realizada el viernes pasado, convocó a 13 facultativos del mencionado recinto de salud de la comuna de Hualpén, quienes además pudieron realizar consultas médico-legales y relatar experiencias asociadas a la imposibilidad de constar un fallecimiento.
Durante la presentación, el abogado Nicolás Hauri, realizó una revisión del marco legal asociado al artículo 141 del Código Sanitario, el Decreto 460 del Minsal (Reglamento de otorgamiento del certificado de defunción) y el Ordinario n°.1388.
El abogado Hauri explicó que el médico puede negarse a extender el certificado si la interrogación de deudos o vecinos e inspección del cadáver no le proporcionan antecedentes que permitan determinar causa de muerte. En este caso entrega un certificado en que deja constancia de su negativa y las razones que le impiden hacerlo.
Finalmente, el abogado de Falmed abordó los casos en que debe extenderse un certificado de fallecimiento por diagnóstico Covid-19.
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