¿Qué recursos proceden y en qué plazo?
Los recursos deberán ser fundados e interponerse en plazo de 5 días, contados desde la notificación de la sanción disciplinaria. Existen dos recursos a interponer:
a) El de reposición: ante la misma autoridad que dictó la sanción.
b) El de apelación: Se interpone ante el superior jerárquico de quién impuso la sanción.