¿Puede perseguirse la responsabilidad administrativa si me traslado de Servicio?
Sí, la jurisprudencia Contralora ha precisado que no opera la extinción de responsabilidad administrativa respecto del funcionario que, habiendo cesado en un determinado cargo, sin interrupción de funciones, se encontrare sirviendo en otra plaza de ese mismo Servicio o en un organismo diferente de aquel en que cometió las conductas reprochables. En este caso la determinación de la sanción corresponde a la jefatura de la repartición que ha incoado el proceso, pero su materialización le corresponde a la autoridad en que actualmente se desempeñe.