¿La reducción de la jornada a 22 horas semanales, de acuerdo al nuevo texto del artículo 21 del Reglamento de Becarios, es un derecho para el profesional?
No. Conforme se establece en el inciso segundo del artículo 21, la reducción de la jornada procede cuando la dirección del servicio así lo determine, a solicitud del profesional, teniendo presente las necesidades de la red, de manera que fundadamente puede rechazarse la solicitud por parte del Director del Servicio de Salud respectivo. El derecho consiste en hacer la petición, pero el acceder a ello no lo es.