¿Cuál es la asignación de responsabilidad?
Corresponde a los funcionarios que desempeñen las siguientes funciones:
1) Cargos en la Planta de Directivos, con alguna de las jornadas referidas en el inciso 1º del artículo 1º de la Ley Nº 19.664.
2) Funciones de dirección, coordinación, supervisión o mando, en calidad de planta o a contrata, contemplados en el reglamento orgánico de los Servicios de Salud, siempre que las horas dedicadas a dichas funciones sean iguales o superiores a 22 horas semanales, distribuidas de lunes a viernes.
3) Funciones de dirección, coordinación, supervisión o mando de Servicios Clínicos o Unidades de Apoyo, siempre que las horas dedicadas a dichas funciones sean iguales o superiores a 22 horas semanales, distribuidas de lunes a viernes. Sólo podrán acceder a esta asignación los profesionales funcionarios que hayan sido seleccionados en virtud del concurso interno establecido en el artículo 3º de la Ley Nº 19.198 y su reglamento.