¿Si un EDF se encuentra destinado a un determinado establecimiento, puede el director del SS o el director del hospital encomendar funciones en otro centro?
Sí, pueden encomendar funciones en otro centro, en virtud de una comisión de servicios.
El director del hospital, cuenta con la potestad, según el artículo 38 letra f del D.F.L. 1 del 2006, del Ministerio de Salud, para ejercer las funciones de administración del personal destinado al Establecimiento, en materia de comisiones de servicio.
Mientras que el Director del Servicio de Salud, de acuerdo al artículo 23 letra a) del referido cuerpo legal puede coordinar y controlar el cumplimiento de las normas, políticas, planes y programas del Ministerio de Salud en todos los establecimientos del Servicio y asimismo actúa como jefe de servicio.