¿Cómo se ejecuta la facultad de trasladar un PAO por parte de los Servicios de Salud?
Para el ejercicio de esta facultad se requiere que tanto el Servicio de Salud de origen como el de destino cuenten con las disponibilidades presupuestarias necesarias para ello, pudiendo el Servicio de origen traspasar al de destino los recursos y dotación de personal que se liberen por el cambio del profesional, cuando este último Servicio no cuente con presupuesto para ese fin. Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio de Salud de origen deberá endosar al Servicio de Salud de destino la garantía otorgada por el profesional funcionario.